Durante estos últimos 20 años el concepto de «FAMILIA» ha evolucionado enormemente y, en consecuencia, también su problemática. Hoy en día es necesaria una mayor especialización en los profesionales del derecho que se dedican a este ámbito, ya que es una de las áreas jurídicas que más han sido modificadas en los últimos años.
Actualmente nos encontramos con custodias compartidas, matrimonios internacionales, matrimonios del mismo sexo en los que se incluye la problemática de custodias de hijos no biológicos y un largo etc. más de casuísticas en las que hay que estar muy bien asesorados.
Estamos especializadas también en la tramitación de DIVORCIOS y/o SEPARACIONES INTERNACIONALES. Infórmese más consultando nuestra sección de INTERNACIONAL Y FAMILIA.
Nuestros más de 20 años de experiencia en DERECHO DE FAMILIA, en el que estamos ampliamente especializadas, nos permiten garantizar a nuestros clientes un asesoramiento y defensa legal de sus intereses de alta calidad y eficiencia en todos los siguientes ámbitos:
DIVORCIOS, SEPARACIONES Y PAREJAS DE HECHO
El Código Civil dispone que basta con la petición de ambos o de uno de los cónyuges de cesar la convivencia en el caso de la separación, o de disolver el vínculo del matrimonio en el caso del divorcio.
Las parejas de hecho también se rompen. Y aunque la idea generalizada es que no tienen que realizar ningún trámite para separarse, no siempre es tan sencillo. Por ello, conviene saber qué sucede en caso de tener hijos en común o bienes compartidos.
NEGOCIACIÓN Y REDACCIÓN DE CONVENIO Y PLANES DE PARENTALIDAD
Los convenios reguladores, además de establecer las cantidades económicas que debe aportar cada uno a la manutención de los hijos, suelen exponer de forma muy amplia el régimen de custodia y visitas. El plan de parentalidad es un documento que se adjunta al convenio regulador (obligatorio en Cataluña desde el 2011) en el que los progenitores detallan todas aquellas cuestiones referentes al cuidado y reparto de responsabilidades relativas a los hijos menores con el fin de evitar futuras disputas por indefiniciones en el acuerdo de separación o divorcio.
DIVORCIOS Y SEPARACIONES IGUALITARIAS
Cuando los cónyuges que se divorcian o separan son del mismo sexo (matrimonio gay o lesbiano) existen algunas peculiaridades que han de tenerse en cuenta, aunque la ley 13/2015 equipara a todos los efectos, en derechos y obligaciones, este tipo de matrimonios a los de las parejas heteroxesuales (hombre y mujer).
GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA
Cuando los cónyuges se divorcian o separan y tienen hijos en común que conviven con ellos y que no son económicamente independientes, tiene que decidirse, entre otras medidas, cuál de los dos se va hacer cargo del cuidado de los hijos y por tanto, a cuál de los progenitores se le va a otorgar la guarda y custodia de los mismos.
La guarda y custodia puede otorgarse solo a favor de uno de los progenitores o a ambos progenitores, en este caso, cuando la guarda y custodia de los hijos se otorga a los dos padres, hablamos de una guarda y custodia compartida.
La guarda y custodia compartida se rige a partir de las siguientes SENTENCIAS:
579/2011 –
257/2013 –
194/2016.
RECLAMACIÓN DE ALIMENTOS
Las sentencias en las que se fijan las pensiones alimenticias deben cumplirse de forma exacta y puntual, dado que de lo contrario se obliga al progenitor que debe cobrar a acudir a la justicia. La ley es igual de rigurosa aunque se trate de impagos parciales y/o retrasos habituales en el pago completo de la pensión, suponiendo la interposición de la consiguiente demanda reclamando la deuda y el pago de las costas causadas.
FILIACIONES
Protección de la maternidad y paternidad, ya deba ser la misma reconocida judicialmente o impugnada por no ser cierta.
ADOPCIONES
Tramitación de adopciones en el ámbito nacional, en los supuestos en los que se quiere realizar la adopción de un menor de edad, por quien ha ejercido como padre de hecho, teniendo el menor padre biológico reconocido pero privado de la patria potestad.
REGIMEN DE VISITAS DE ABUELOS Y FAMILIARES
Legalmente los abuelos y familiares directos de los menores tienen derecho a tener una comunicación habitual con ellos. Es una figura jurídica establecida para el supuesto de que existan problemas entre los familiares y progenitores de los menores, que impiden a los primeros verlos, e incluso hablar con ellos.
MODIFICACIONES DE SENTENCIA
Cuando varían las circunstancias que dieron lugar a la fijación de unas medidas en una Sentencia de Derecho de familia, y se dan los requisitos establecidos por la ley: variación permanente en el tiempo y no buscada por quien reclama la modificación y cambio sustancial de las circunstancias que llevaron a establecer la fijación de la Sentencia.
VIOLENCIA DE GÉNERO
Con la
Ley Orgánica 1/2004 se sancionan las medidas de protección contra la violencia de género y se garantiza a las mujeres (víctimas de violencia por sus parejas) el derecho a la vida y a la integridad física y moral. Dado su carácter integral, la Ley abarca no sólo aspectos punitivos, sino preventivos, educativos, sociales y de atención posterior a las víctimas.
DISOLUCIÓN DEL PATRIMONIO EN COMÚN DE LOS CÓNYUGES
Durante la tramitación del divorcio, o posteriormente, existen supuestos en los que se debe proceder a liquidar todo el patrimonio en común de los cónyuges, ya sea mediante un acuerdo o vía judicial.
Tenga en cuenta que SU caso presenta sus propias peculiaridades, por lo que se hace muy aconsejable un estudio individualizado del mismo. Consecuentemente, no lo dude, solicite cita previa y póngase en CONTACTO con nuestro despacho profesional, donde le atenderemos y orientaremos gustosamente sin compromiso.